TIENE UD. PERSONAL AL QUE NO LE HAYA EFECTUADO EL EXAMEN PREOCUPACIONAL DE LEY ????


NO MAS ABONOS, AHORA PAGUE POR PRESTACIONES REALIZADAS!!!!!


En caso de litigio por despido, desvinculación, con reclamos en los que el ex dependiente pretenda resarcimiento económico, podrá aprovechar el flanco débil que significa la ausencia de este Examen.
Los jueces aceptan el argumento de la parte querellante en cuestiones de salud supuestamente acaecidas como consecuencia de la actividad desarrollada si no se efectuó el Examen Preocupacional.

Si Ud. va a incorporar personal, no omita este estudio. Es obligatorio

Si tiene personal ya incorporado al que no se le realizó, CONSULTENOS.

En muchos casos se puede mejorar la situación si se efectúa, aún tardiamente.

Nuestros informes de aptitud incluyen todo el asesoramiento necesario a la Gerencia de Personal.

No cobramos abono mensual, solo trabajamos por Prestaciones realizadas.

EL EXAMEN PREOCUPACIONAL CONSTA DE:

1- Registro de antecedentes de Salud personal, familiares y hábitos con carácter de Declaración Jurada.

2- Examen Clínico, realizado por Medico Laboral que incluye aspecto general, defectos físicos, peso, estatura, tensión arterial, hernias, hemorroides, varicocele, miembros inferiores y superiores, abdomen, etc.

3- Evaluación de visión que comprende, Test de Visión con agudeza visual

4- Estudio Radiográfico de Tórax de frente en placa Panorámica, con identificación de fecha, Documento de Identidad, Nombre y Apellido, informado por el Profesional de la especialidad con aclaración de matricula.

5- Rutinas de Laboratorio: Hemograma, Eritrosedimentación, Uremia, Glucemia, Reacción de Chagas Mazza y Orina Completa.

6- Electrocardiograma con informe del Cardiólogo

7- Evaluación final de la persona con relación a las tareas a desempeñar con calificación de nivel de aptitud y/o exámenes adicionales sugeridos.

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